Deducciones autonómicas: Castilla y León

Xolo
Escrito por Xolo
el 18 de marzo, 2026 5 min de lectura

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verified by Elena Garro
Accounting and Tax Specialist
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¡Bienvenido a la Guía de deducciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2026! Esta guía está diseñada para ayudar a los residentes de Castilla y León a comprender y aprovechar las diversas deducciones fiscales disponibles, garantizando que puedan beneficiarse plenamente de las políticas fiscales regionales. Tanto si eres padre o madre primerizo, inquilino, propietario que está realizando reformas, o inversor en energías renovables o en empresas locales, es probable que haya una deducción adaptada a tu situación.

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Nacimiento o adopción

Si tuviste o adoptaste un hijo en 2025, puedes deducir:

  • En general:
    •  1.010€ si es tu primer hijo
    •  1.475€ por el segundo hijo 
    •  2.351€ para el tercer hijo o los siguientes 
  • Si vives en un municipio con menos de 5.000 habitantes:
    • 1.420€ por el primer hijo
    • 2.070€ por el segundo
    • 3.300€ para el tercer hijo o los siguientes

Las cuantías se duplicarán cuando el menor, ya sea biológico o adoptado, tenga un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior.

En caso de que haya solicitado y se le hayan concedido ayudas y prestaciones públicas similares ofrecidas por la Junta de Castilla y León por motivos de nacimiento o adopción, no podrás aplicar a esta deducción.

Alquiler para menores de 36 años

Si tienes menos de 36 años y tienes un contrato de alquiler de tu vivienda habitual, puedes deducir:

  • 20% de los importes abonados, hasta un máximo de 459€ al año. 

  • 25% con un máximo de 612€ si resides en un municipio con menos de 10.000 habitantes o de 3000 si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital provincial.

El límite de la suma de las bases imponibles para aplicar esta deducción es de 18.900 euros en el régimen de tributación individual y de 31.500 euros en el régimen de tributación conjunta.

Familia numerosa

Si dispones de título de familia numerosa, puedes deducir 600€, o 1.500€ si tienes cuatro hijos, y 2.500 € si tienes cinco.

Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad igual o superior al 65%, se aplicará una deducción adicional de 600€.

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Partos o adopciones múltiples

Si has tenido varios nacimientos o adopciones simultáneos, tienes derecho al 50% de la deducción por nacimiento para dos hijos.
En el caso de tres o más hijos, el importe aumenta hasta el 100% de la deducción por nacimiento.

Si ambos progenitores o adoptantes cumplen los requisitos para aplicar esta deducción, esta se prorrateará a partes iguales.

Cuidado de hijos menores

Si tienes hijos a tu cargo menores de 4 años, puedes deducir el 30% de los importes pagados a un empleado doméstico, hasta un máximo de 322€.
Si has incurrido en gastos de guardería o escolarización, puedes deducir el 100% hasta un máximo de 1.320€.

Los requisitos para aplicar esta deducción son:

  • Ambos padres son trabajadores por cuenta ajena o autónomos.
  • Si hay un empleado doméstico, esta persona está inscrita en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
  • La suma de las bases imponibles no puede superar los 18.900 euros en la declaración individual y los 31.500 euros en la declaración conjunta.

Gastos de adopción

Si has incurrido en gastos relacionados con la adopción, tienes derecho a deducir 784€ por cada adopción.
Si se trata de una adopción internacional, la cantidad asciende a 3.625€.

Cotizaciones a la Seguridad Social para los empleados domésticos

Puedes deducir el 15% de las cantidades pagadas en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social, hasta un máximo de 300€, siempre que tengas a tu cargo a un menor de 4 años.

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Contribuyentes con discapacidad:

Puedes aplicar una deducción de:

  • 300€ si tú u otro miembro de tu unidad familiar tiene una discapacidad inferior al 33% y es menor de 65 años.
  • 656€ si tú o algún miembro de tu unidad familiar tiene una discapacidad superior al 65% y es mayor de 65 años.
  • 300€ si tú o cualquier miembro de tu unidad familiar es menor de 65 años y tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

El límite de la suma de las bases imponibles para su aplicación es de 18.900 euros en el régimen de tributación individual y de 31.500 euros en el régimen de tributación conjunta.

Adquisición o rehabilitación de vivienda en zonas rurales

Si tienes menos de 36 años y ya tienes tu residencia habitual en Castilla y León, puedes deducir el 15% de los gastos incurridos en la adquisición o rehabilitación de tu primera vivienda habitual.

Los requisitos son:

  • Ser menor de 36 años.
  • Tiene que ser tu primera vivienda habitual.
  • La vivienda debe estar situada en un municipio con menos de 10.000 habitantes, o de 3.000 si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital provincial. 
  • El valor de la vivienda no puede superar los 150.000 euros.
  • La compra o la reforma del inmueble debe realizarse a partir del 1 de enero de 2023.
  • Se trata de una vivienda de nueva construcción o de una reforma.
  • La suma de las bases imponibles para su aplicación es de 18.900 euros en el régimen de tributación individual y de 31.500 euros en el régimen de tributación conjunta. 

Inversiones en adaptaciones medioambientales y para personas con discapacidad en la vivienda habitual

Si has realizado obras de rehabilitación, puedes deducir el 15% de los gastos, hasta un máximo de 20.000€, de las siguientes inversiones realizadas: instalación de paneles solares, mejoras en los sistemas de calefacción, mejoras en las instalaciones de suministro de agua y la instalación de dispositivos de ahorro de agua, así como las obras e instalaciones necesarias para garantizar la accesibilidad y la comunicación sensorial.

Inversión en la rehabilitación de viviendas de alquiler en zonas rurales

Te puedes deducir el 15% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de viviendas cuyo precio sea inferior a 150 000 € y cuyo alquiler mensual no supere los 300€.

Además, la vivienda debe alquilarse durante al menos los cinco años siguientes a una persona que no sea miembro de tu familia.

Fomento de emprendimiento

Si has adquirido acciones durante la constitución de sociedades o en ampliaciones de capital, puedes deducir el 20% de los importes invertidos, con un límite máximo de deducción de 10.000€.

Inversiones y donaciones para la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural

Podrás deducir el 15% de los importes invertidos siempre que tus bases imponibles sean inferiores a 18.900€ en el caso de la tributación individual y a 31.500€ en el caso de la tributación conjunta.
El límite de la base de deducción no puede superar el 10% de la base imponible.

Donaciones para I+D e innovación

Puedes deducir el 15% de las cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León y a fundaciones y otras entidades cuya actividad principal sea la I+D empresarial y la innovación.
El límite de la base de deducción es del 10% de la base imponible.

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Alyona S. 

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Fomento de la movilidad sostenible

Puedes aplicar una deducción del 15% del importe gastado en la compra de un vehículo eléctrico nuevo, un vehículo eléctrico de autonomía extendida o un híbrido enchufable con más de 40 km de autonomía, siempre que el precio no supere los 40.000€.
El importe máximo de esta deducción es de 4.000€ por vehículo eléctrico.

El resto de requisitos son:

  • El vehículo no se encuentra afecto a una actividad económica
  • La deducción solo será aplicable en el año en que se haya matriculado el vehículo 
  • Debes conservar el vehículo durante al menos cuatro años
  • Deberás justificar esta deducción con la factura de compra

Adquisición de un inmueble de nueva construcción

Si has comprado una vivienda de nueva construcción que va a ser tu residencia habitual, puedes deducir el 7,5% de los importes invertidos, con un límite anual de base deducible de 9.040€.

La vivienda debe ser su primera vivienda en propiedad y debe estar situada en Castilla y León.

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