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✓ verified by Elena Garro
Accounting and Tax Specialist
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¡Bienvenido a la Guía de deducciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2026! Esta guía está diseñada para ayudar a los residentes de Castilla y León a comprender y aprovechar las diversas deducciones fiscales disponibles, garantizando que puedan beneficiarse plenamente de las políticas fiscales regionales. Tanto si eres padre o madre primerizo, inquilino, propietario que está realizando reformas, o inversor en energías renovables o en empresas locales, es probable que haya una deducción adaptada a tu situación.

Si tuviste o adoptaste un hijo en 2025, puedes deducir:
Las cuantías se duplicarán cuando el menor, ya sea biológico o adoptado, tenga un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior.
En caso de que haya solicitado y se le hayan concedido ayudas y prestaciones públicas similares ofrecidas por la Junta de Castilla y León por motivos de nacimiento o adopción, no podrás aplicar a esta deducción.
Si tienes menos de 36 años y tienes un contrato de alquiler de tu vivienda habitual, puedes deducir:
20% de los importes abonados, hasta un máximo de 459€ al año.
25% con un máximo de 612€ si resides en un municipio con menos de 10.000 habitantes o de 3000 si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital provincial.
El límite de la suma de las bases imponibles para aplicar esta deducción es de 18.900 euros en el régimen de tributación individual y de 31.500 euros en el régimen de tributación conjunta.
Si dispones de título de familia numerosa, puedes deducir 600€, o 1.500€ si tienes cuatro hijos, y 2.500 € si tienes cinco.
Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad igual o superior al 65%, se aplicará una deducción adicional de 600€.
Si has tenido varios nacimientos o adopciones simultáneos, tienes derecho al 50% de la deducción por nacimiento para dos hijos.
En el caso de tres o más hijos, el importe aumenta hasta el 100% de la deducción por nacimiento.
Si ambos progenitores o adoptantes cumplen los requisitos para aplicar esta deducción, esta se prorrateará a partes iguales.
Si tienes hijos a tu cargo menores de 4 años, puedes deducir el 30% de los importes pagados a un empleado doméstico, hasta un máximo de 322€.
Si has incurrido en gastos de guardería o escolarización, puedes deducir el 100% hasta un máximo de 1.320€.
Los requisitos para aplicar esta deducción son:
Si has incurrido en gastos relacionados con la adopción, tienes derecho a deducir 784€ por cada adopción.
Si se trata de una adopción internacional, la cantidad asciende a 3.625€.
Puedes deducir el 15% de las cantidades pagadas en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social, hasta un máximo de 300€, siempre que tengas a tu cargo a un menor de 4 años.

Puedes aplicar una deducción de:
El límite de la suma de las bases imponibles para su aplicación es de 18.900 euros en el régimen de tributación individual y de 31.500 euros en el régimen de tributación conjunta.
Si tienes menos de 36 años y ya tienes tu residencia habitual en Castilla y León, puedes deducir el 15% de los gastos incurridos en la adquisición o rehabilitación de tu primera vivienda habitual.
Los requisitos son:
Si has realizado obras de rehabilitación, puedes deducir el 15% de los gastos, hasta un máximo de 20.000€, de las siguientes inversiones realizadas: instalación de paneles solares, mejoras en los sistemas de calefacción, mejoras en las instalaciones de suministro de agua y la instalación de dispositivos de ahorro de agua, así como las obras e instalaciones necesarias para garantizar la accesibilidad y la comunicación sensorial.
Te puedes deducir el 15% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de viviendas cuyo precio sea inferior a 150 000 € y cuyo alquiler mensual no supere los 300€.
Además, la vivienda debe alquilarse durante al menos los cinco años siguientes a una persona que no sea miembro de tu familia.
Si has adquirido acciones durante la constitución de sociedades o en ampliaciones de capital, puedes deducir el 20% de los importes invertidos, con un límite máximo de deducción de 10.000€.
Podrás deducir el 15% de los importes invertidos siempre que tus bases imponibles sean inferiores a 18.900€ en el caso de la tributación individual y a 31.500€ en el caso de la tributación conjunta.
El límite de la base de deducción no puede superar el 10% de la base imponible.
Puedes deducir el 15% de las cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León y a fundaciones y otras entidades cuya actividad principal sea la I+D empresarial y la innovación.
El límite de la base de deducción es del 10% de la base imponible.
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Puedes aplicar una deducción del 15% del importe gastado en la compra de un vehículo eléctrico nuevo, un vehículo eléctrico de autonomía extendida o un híbrido enchufable con más de 40 km de autonomía, siempre que el precio no supere los 40.000€.
El importe máximo de esta deducción es de 4.000€ por vehículo eléctrico.
El resto de requisitos son:
Si has comprado una vivienda de nueva construcción que va a ser tu residencia habitual, puedes deducir el 7,5% de los importes invertidos, con un límite anual de base deducible de 9.040€.
La vivienda debe ser su primera vivienda en propiedad y debe estar situada en Castilla y León.
Llegados a este punto, tienes dos opciones:
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