Deducciones autonómicas: La Rioja

Xolo
Escrito por Xolo
el 18 de marzo, 2026 4 min de lectura

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 Accounting and Tax Specialist
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Bienvenido a la guía de desgravaciones fiscales de La Rioja para 2026.  La Rioja ofrece una serie de ventajas fiscales que pueden aumentar su devolución del impuesto sobre la renta. Desde deducciones por alquiler y prestaciones familiares hasta incentivos específicos para jóvenes emprendedores e inversiones en entidades de reciente creación, encontrará una variedad de desgravaciones fiscales diseñadas para apoyar diferentes aspectos de la vida y la actividad económica en La Rioja. Al comprender y aprovechar estas deducciones, podrá reducir significativamente su carga fiscal y optimizar su planificación financiera. Profundice en los detalles y descubra cómo puede beneficiarse hoy mismo.

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Nacimiento o adopción

Dependiendo de si el hijo es el primero o uno posterior, la deducción puede ser de 600€, 750€ o 900€ por cada hijo nacido en 2025.

En caso de que el hijo nacido o adoptado conviva con ambos padres, la deducción se prorrateará a partes iguales.

Adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual en pequeños municipios

Puedes deducir el 5% de las cantidades invertidas en tu vivienda habitual, con un límite anual de 452€, para viviendas adquiridas después del 1 de enero de 2017 y siempre que sea tu residencia habitual.

 Gastos por hijos menores de 3 años 

Puedes deducir el 20% de los gastos de guardería y centros de educación infantil para niños de hasta 3 años, con un límite de 600€ anuales por cada hijo.

La deducción aumenta al 30% si resides en un pequeño municipio.

La suma de las bases no puede superar los 18.030€ en tributación individual ni los 30.050€ en tributación conjunta para poder aplicar esta deducción.

Acogida de menores

Si tienes en acogida a un menor y ha convivido contigo más de 183 días durante el año, puedes deducir 300€. Si ha convivido entre 90 y 183 días, la deducción es de 150€.

Niños menores de 3 años en pequeños municipios

Si resides o te trasladas a un pequeño municipio y mantienes la residencia durante 3 años consecutivos, puedes deducir 100€ por cada hijo menor de 3 años.

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Compra de vehículos eléctricos nuevos

Puedes deducir el 15% del coste de compra de un vehículo eléctrico cumpliendo los siguientes requisitos:

  • El vehículo solo puede usarse para fines personales (no destinado a una actividad económica).
  • El valor del vehículo no puede superar los 50.000€.
  • El vehículo debe pertenecer a alguna de estas categorías:
    • Furgonetas o vehículos ligeros de mercancías (N1)
    • Ciclomotores L1e
    • Triciclos L2e
    • Bicicletas con pedaleo asistido por motor eléctrico

El importe máximo deducible es de 225€ para bicicletas y 300€ para el resto de vehículos.

Fomento del empleo en zonas rurales 

Si inicias una actividad agrícola como autónomo a partir del 1 de enero de 2025 y tienes tu residencia habitual en una zona rural de La Rioja, puedes obtener una deducción de 1.000€ en tu declaración de la Renta.

Facturas de suministros para menores de 36 años 

Puedes deducir los gastos de electricidad y gas si eres menor de 36 años, vives solo y tienes contrato de estos servicios: la deducción es del 15% de lo pagado.
Si vives en uno de los pequeños municipios de La Rioja, la deducción aumenta al 20%, y en familias monoparentales es del 25%.

Internet
Puedes deducir 30% de los gastos de internet si eres menor de 36 años y vives solo.
La deducción sube al 40% para familias monoparentales y para contribuyentes que vivan en pequeños municipios.

Alquiler

Si tienes un contrato de alquiler de tu vivienda habitual y eres menor de 36 años, puedes deducir el 10% de las cantidades pagadas, con un límite de 300€ por contrato.

Si vives en un pequeño municipio, la deducción aumenta al 20%, con un límite de 400€.

Inversión en la vivienda habitual para menores de 36 años 

Puedes deducir el 15% de las cantidades invertidas en la compra, construcción, ampliación o rehabilitación de tu vivienda habitual si cumples los siguientes requisitos:

  • La vivienda está en La Rioja y será tu residencia habitual.
  • Eres menor de 36 años.
  • La vivienda fue adquirida después de enero de 2013.
  • La suma de las bases imponibles no puede superar 18.030€ en tributación individual ni 30.050€ en tributación conjunta. En cualquier caso, la base del ahorro no puede superar los 1.800€.

 

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Anastasia I. 

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Bicicletas de pedaleo no asistido  

Puedes deducir el 15% del coste de compra de bicicletas de pedaleo no asistido, con un límite de 50€ por bicicleta y un máximo de 2 bicicletas por unidad familiar.

Rehabilitación de la vivienda habitual 

Si eres menor de 36 años, puedes deducir el 5% de las cantidades invertidas en rehabilitación, aumentando al 7% si tus bases imponibles no superan 18.030€ individualmente o 30.050€ conjuntamente.

Si no cumples estas condiciones, aún puedes deducir el 2% de las cantidades invertidas, pero solo si pagaste los importes antes del 1 de enero de 2013.

El límite anual de esta deducción es 9.040€.

Adquisición o rehabilitación de segunda residencia en zonas rurales

Puedes deducir el 8% de las cantidades gastadas en una única segunda residencia, con un límite anual de 450,76€, siempre que la vivienda se adquiriera antes del 1 de enero de 2013.

Adaptación de la vivienda para personas con discapacidad

Si tienes discapacidad y has realizado obras de adaptación en tu vivienda, puedes deducir el 15% de las cantidades gastadas, siempre que:

  • La vivienda se adquirió antes del 1 de enero de 2013.
  • Las obras de adaptación se realizaron antes del 1 de enero de 2017.

Donaciones

  • Donaciones para la promoción de mecenazgo:
    Puedes deducir el 15% de las cantidades donadas para la promoción y estímulo de actividades de mecenazgo, con un límite anual conjunto de 500€.

  • Donaciones para investigación, conservación, restauración o rehabilitación del patrimonio cultural en La Rioja:
    Puedes deducir el 15% de las cantidades donadas, con un límite anual conjunto de 500€.. 

  • Donaciones a empresas culturales o de bienes culturales por autores y herederos:
     Puedes deducir el 20% de las cantidades donadas, con un límite anual conjunto de 500€.

Fondos para investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación del Patrimonio Cultural

Puedes deducir el 15% de las cantidades destinadas a estos fines, con un límite máximo de 500€ por contribuyente y año.

Fomento del deporte

Puedes deducir el 30% de los gastos en gimnasios, instalaciones deportivas y licencias deportivas, con un límite de 300€ por año, o 100% en los casos de mayores de 65 años y personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Mitigación de incrementos de intereses hipotecarios

Puedes deducir el 15% de las cantidades destinadas al pago de intereses, con una base máxima anual de 5.000€.

Para pacientes de ELA

Puedes deducir el 50% de las cantidades destinadas a pagos relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la ELA, con una base máxima anual de 2.000€.

Por enfermedad celíaca

Puedes deducir 250€ por cada miembro de la familia diagnosticado con enfermedad celíaca.

 

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