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✓ verified by Elena Garro
Accounting and Tax Specialist
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Bienvenido a la guía de deducciones fiscales de la Región de Murcia para 2026. Murcia ofrece una serie de ventajas fiscales que pueden aumentar la devolución de tu impuesto sobre la renta. Desde desgravaciones por alquiler y prestaciones familiares hasta incentivos específicos para jóvenes emprendedores e inversiones en entidades de reciente creación, encontrarás una variedad de desgravaciones fiscales diseñadas para apoyar diferentes aspectos de la vida y la actividad económica en Murcia. Al comprender y aprovechar estas desgravaciones, podrás reducir significativamente tu carga fiscal y optimizar tu planificación financiera. Profundice en los detalles y descubra cómo puede beneficiarse hoy mismo.
Las deducciones regionales ofrecen a los contribuyentes un atractivo descuento en sus impuestos. Estas deducciones se han diseñado específicamente para el sistema del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de esta comunidad autónoma. Aunque el proceso general de declaración del impuesto sobre la renta se lleva a cabo a nivel nacional en España, Murcia ofrece a sus residentes deducciones únicas. Esto se debe a que los ingresos procedentes del impuesto sobre la renta se reparten entre el Estado y las comunidades autónomas. Para poder acogerse a estas atractivas deducciones, es imprescindible haber residido en el territorio especificado durante el año anterior y cumplir una serie de criterios específicos.

Podrás deducir el 5% de los importes gastados en la adquisición, construcción, rehabilitación o ampliación de tu vivienda habitual, con una deducción máxima de 300€.
Los requisitos para poder acogerse a esta deducción son que ya tengas tu residencia habitual en Murcia y que la suma de las bases imponibles no supere los 40.000 euros, siempre que la base imponible por ahorro no supere los 1.800€.
Se puede deducir el 20% de los gastos de guardería, hasta un máximo de 1.000 € por cada niño menor de 3 años, siempre que se trate de centros autorizados y registrados por el Departamento de Educación.
El límite de la suma de las bases para esta deducción es de 30.000 euros en el régimen de tributación individual y de 50.000 euros en el régimen de tributación conjunta.
Se pueden aplicar deducciones de 100, 200 o 300 euros por hijo, dependiendo de si se trata del primer hijo o de los siguientes, siempre que la suma de las bases imponibles no supere los 30.000 euros en el régimen de tributación individual y los 50.000 euros en el régimen de tributación conjunta.
Puedes beneficiarte de una deducción de 120€ por cada hijo a tu cargo para la compra de material escolar y libros de texto.
En este caso, hay dos límites:

Si tienes un contrato de alquiler de tu vivienda habitual, puedes deducir el 10% de los importes pagados, hasta un límite de 300€ por contrato.
Debes cumplir uno de estos requisitos:
Además, la suma de las bases imponibles no puede superar los 40.000 euros, siempre que la base imponible correspondiente al ahorro no supere los 1.800 euros y que tú o cualquier otro miembro de tu unidad familiar pueda ser propietario de otros bienes inmuebles.
Esta deducción está destinada específicamente a las mujeres que trabajan por cuenta ajena o por cuenta propia y tienen hijos menores de 18 años o personas a su cargo. El importe de la deducción varía en función del número de personas a cargo:
Hay diferentes deducciones dependiendo de la donación:
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Si tienes una discapacidad reconocida del 33% o más, puedes deducir 150€ si la suma de tus bases imponibles no supera los 40.000 euros en el régimen de tributación individual o conjunta.
Si tienes un hijo menor de 12 años y contratas a alguien para que lo cuide, puedes deducir el 20% del importe pagado, hasta un máximo de 400€.
La suma de las bases imponibles no puede superar los 34.000 euros en el núcleo familiar.
Puedes deducir 600€ por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad del 33% o superior que acojas de forma no remunerada, siempre que resida contigo durante más de 183 días.
Uno de los requisitos es que el acuerdo de acogida no dé lugar a la percepción de ninguna ayuda o subvención de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Puedes deducir el 20 % de las inversiones realizadas en ampliaciones de capital de sociedades cotizadas, con un límite anual de 10.000€. Tu participación no puede superar el 10%.
Puedes deducir el 20% de las cantidades invertidas en la constitución o ampliación de capital de sociedades anónimas (S.A.), sociedades limitadas (S.L.), sociedades de labor limitada (S.Lab.) y/o cooperativas, hasta un máximo de 4.000€ al año. Tu participación no puede superar el 40%.
Algunos de los requisitos son que la entidad debe tener su domicilio fiscal en Murcia y contar con al menos un empleado a tiempo completo durante, como mínimo, los tres años siguientes a su constitución o ampliación.
Puedes deducir las inversiones realizadas en instalaciones de fuentes de energía renovables, como la energía solar térmica, la energía fotovoltaica y la energía eólica, en tu residencia habitual o en una vivienda destinada al alquiler (siempre que el alquiler no se considere una actividad económica), con un límite de 7.000€.
Si presentas tu declaración de la renta de forma individual, estos son los límites aplicables:
Si presentas una declaración conjunta, los límites son los siguientes:
Te puedes deducir el 20% de las inversiones en dispositivos de ahorro de agua, con un límite máximo anual de 60€.
Los requisitos son que los importes abonados correspondan a la vivienda habitual y que exista una autorización previa de la Administración autonómica sobre el origen de la solicitud de la deducción.
Si formas parte de una familia numerosa, puedes deducir el 10% de los importes pagados por la adquisición o rehabilitación de tu vivienda habitual, o el 15% en la categoría especial, con una base máxima de deducción de 5.000€.
Para poder acogerte a esta deducción, debes ser residente en Murcia, tener el reconocimiento oficial de familia numerosa y la compra debe haberse realizado en los cinco años siguientes a la obtención de dicho reconocimiento.
303 euros para los contribuyentes con hijos a su cargo, siempre que estos vivan exclusivamente contigo.
La suma de las bases imponibles para aplicar esta deducción no puede superar los 35.240 euros.
Se puede deducir el 15% de los importes abonados en concepto de gastos de aprendizaje extraescolar de lenguas extranjeras para los hijos matriculados en estudios correspondientes al segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos de formación profesional específica, con una base máxima de deducción de 300€ por hijo.
La suma de las bases imponibles no puede superar los 25.000 euros en el régimen de tributación individual y los 40.000 euros en el régimen de tributación conjunta.
Si tienes tu residencia habitual en uno de los municipios de la Región de Murcia con una población inferior a 15.000 habitantes, podrás deducir el 30% de los importes abonados, hasta un máximo de 300€.
Los contribuyentes que se acogieron a las deducciones regionales por la adquisición de vivienda para jóvenes residentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establecidas para el período 1998-2012, pueden acogerse a esta deducción con ciertas limitaciones.
Hay dos deducciones distintas:
Puedes deducir el 30% de los gastos derivados de la compra de lentes graduadas, lentes de contacto y soluciones de limpieza para niños menores de 12 años, hasta un límite máximo de 100€.
Puedes deducir el 30% de los importes abonados por la práctica de deportes y actividades saludables, o el 100% en el caso de mayores de 65 años, con un límite máximo de 150€ por contribuyente.
La suma de las bases imponibles no puede superar los 25.000 euros en las declaraciones individuales y los 40.000 euros en las declaraciones conjuntas, y es necesario disponer de las facturas correspondientes a estos gastos.
Puedes deducir el 100% de los gastos incurridos en el tratamiento y la atención de familiares afectados por las denominadas «enfermedades raras», hasta un límite máximo anual de 300€.
Los gastos deben justificarse mediante las facturas correspondientes.
Puedes deducir el 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de participaciones sociales en entidades pertenecientes a la economía social, hasta un máximo anual de 4.000 €. La participación no puede superar el 40% del capital social de la entidad.
Puedes deducir el 30% de los gastos en servicios veterinarios prestados a tus animales domésticos, hasta un límite anual de 100€, siempre que dispongas de las facturas correspondientes.
La suma de tu base imponible para aplicar esta deducción no puede superar los 25.000 euros en el régimen de tributación individual y los 40.000 euros en el régimen de tributación conjunta.
Llegados a este punto, tienes dos opciones:
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