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✓ verified by Elena Garro
Accounting and Tax Specialist
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Bienvenido a la guía de deducciones regionales de Aragón para el presente ejercicio fiscal. Aragón ofrece una serie de ventajas fiscales que pueden aumentar la devolución de tu impuesto sobre la renta. Tanto si eres estudiante, padre o madre, arrendatario de una vivienda o inversor, esta guía te proporciona información esencial para aprovechar al máximo tus beneficios fiscales según la normativa regional aplicable en Aragón. Desde gastos de educación, deducciones por alquiler y beneficios relacionados con la familia hasta incentivos específicos para jóvenes emprendedores e inversiones en entidades de reciente creación, encontrará una variedad de desgravaciones fiscales diseñadas para apoyar diferentes aspectos de la vida y la actividad económica en Aragón. Al comprender y aprovechar estas deducciones, podrá reducir significativamente su carga fiscal y optimizar su planificación financiera. Adéntrese en los detalles y descubra cómo puede beneficiarse hoy mismo.
Las deducciones regionales de Aragón ofrecen a los contribuyentes una interesante reducción en sus impuestos. Estas deducciones están diseñadas específicamente para el sistema del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de esta comunidad autónoma. Aunque el proceso general de declaración del IRPF se lleva a cabo a nivel nacional en España, Aragón ofrece a sus residentes deducciones únicas. Esto se debe a que los ingresos procedentes del IRPF se reparten entre el Estado y las comunidades autónomas. Para poder acogerse a estas atractivas deducciones, es imprescindible haber residido en el territorio especificado durante el año anterior y cumplir una serie de criterios específicos.

Si has tenido un tercer hijo o más en 2025: Puedes aplicar una deducción de 500 euros o de 600 euros si la suma de tus bases general y del ahorro no es superior a 21.000€ en la declaración individual o 35.000 euros en la declaración conjunta.
Si has realizado una adopción internacional en 2025: Puedes aplicar una deducción de 600 euros por cada niño adoptado. Si el niño vive con ambos padres adoptivos, la deducción se dividirá a partes iguales.
Deducción de 150 euros por el cuidado de personas dependientes que vivan contigo, siempre que sus ingresos no superen los 8.000 euros durante el año.
El límite de la suma de las bases imponibles para esta deducción es de 21.000 euros en la declaración individual y de 35.000 euros en la conjunta.
Una deducción del 20% de las donaciones realizadas a entidades y organismos públicos cuyo objetivo sea la defensa y la conservación del medio ambiente
Una deducción del 3% de los importes abonados, siempre que se trate de una vivienda de protección oficial.
Una deducción del 20% del importe invertido si las acciones se suscriben como resultado de una aportación de capital, con un límite de 10.000€.
Algunos de los requisitos para poder acogerse a esta deducción son: no poseer más del 10% de la empresa en la que se invierte, que esta esté registrada en Aragón y conservar las acciones durante al menos dos años.
Puedes deducir el 20% del importe invertido en la adquisición de acciones o participaciones como consecuencia del acuerdo de constitución de sociedades, con un límite de 4.000 €.
Puedes aplicar una deducción del 5% de lo que hayas gastado en la adquisición o rehabilitación de la vivienda que vaya a constituir tu residencia principal si tienes menos de 36 años y se trata de tu primera residencia principal, siempre que la suma de tus bases imponibles no supere los 21.000 euros en el régimen de tributación individual o los 35.000 euros en el régimen de tributación conjunta.
Si ha incurrido en gastos por el material escolar de sus hijos, puede deducir el 100% de dichos importes, dentro de los límites establecidos en función de la suma de sus bases imponibles.
Puedes aplicar una deducción del 10% de los importes abonados, con un límite máximo de 4.800€. La condición para poder acogerse a esta deducción es que la suma de las bases imponibles no supere los 15.000 euros en el régimen de tributación individual ni los 25.000 euros en el régimen de tributación conjunta..
El arrendador -propietario-, puede deducir el 30% de la parte de la cuota total del IRPF correspondiente a los ingresos por capital inmobiliario.
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Si tienes más de 70 años y has obtenido ingresos que no provengan de ganancias patrimoniales, puedes aplicar una deducción de 75 euros.
Se puede aplicar una deducción del 15% de los gastos de guardería (guarderías o centros de educación infantil) abonados durante el año, con un límite máximo de 250€ y de 125€ en el año en que el niño cumpla 3 años.
Los límites para aplicar esta deducción son que la suma de las bases imponibles no supere los 35.000 euros en la declaración individual y los 50.000 euros en la declaración conjunta, pero hay otros dos requisitos:
La base imponible del ahorro no puede superar los 4.000 euros.
El 20% de las cantidades invertidas en aportaciones a este tipo de entidad, con un límite de 4.000 € al año. Entre los requisitos se encuentran que tu participación en dicha entidad no supere el 40% de su capital y que esté registrada en Aragón.

Podrás aplicar una deducción de 600€ si resides en una localidad rural en riesgo extremo de despoblación y siempre que la base imponible del ahorro no supere los 4.000€ y la suma de las bases sea inferior a 35.000€ en el régimen de tributación individual y a 50.000€ en el régimen de tributación conjunta.
El 25% de los importes destinados al pago de clases de apoyo o refuerzo que reciban tus hijos, fuera del horario lectivo, de las materias impartidas en Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria y Formación Profesional Básica
Las deducciones máximas en las declaraciones conjuntas son de 80, 100 y 200€, dependiendo del importe de la base imponible + base de ahorro
En las declaraciones individuales, el importe oscila entre 50 y 100€.
El 25% de los importes destinados por el contribuyente al pago de actividades de formación destinadas a promover la autonomía y la vida independiente de los hijos menores de edad con una discapacidad igual o superior al 65%.
Las deducciones máximas en las declaraciones conjuntas son de 80, 100 y 200€, dependiendo del importe de la base imponible y de la base de ahorro.
En las declaraciones individuales, el importe oscila entre 50 y 100€.
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