Tarifa plana para autónomos en 2023: cuantía, requisitos y detalles

Xolo
Escrito por Xolo
el 01 de marzo, 2022 8 min de lectura

Imagínate que estás buscando un empleo de lo tuyo. Y que, después de mucho buscar y rebuscar, nada te convence. Hasta que, un día, conoces a un posible cliente con el que podrías trabajar en caso de montártelo por tu cuenta. La cosa pinta bien. Y luego contactas con otro. Y con otro. Y decides dar el salto (un salto de verdad, a una piscina con poca profundidad y de cabeza 🏊) a ser trabajador por cuenta propia. Para que no te hagas daño en el salto, la Seguridad Social te ofrece una ayudita: se llama cuota reducida o tarifa plana para autónomos.

Eso sí, con la llegada del nuevo año ha habido cambios… 

¡Porque desde el 1 de enero de 2023 y a raíz de los cambios en las cuotas de autónomos para cotizar por ingresos reales, las cuantías, los requisitos y la extensión de las tarifas planas o cuotas reducidas han variado! 

¡Y porque en algunas comunidades autónomas (Madrid, Murcia, La Rioja, Andalucía y Baleares) se han tirado a la piscina y han decidido aplicar la cuota cero, que es una bonificación del 100% para nuevos autónomos!

Pero, eh, respira, tranquilízate, quédate sentado y no te preocupes. En esta guía trataremos cada uno de esos cambios en detalle. Porque, ya sabes, en Xolo siempre estamos para ayudarte.

¿Qué es la cuota de autónomos?

Antes de adentrarnos en lo que es la tarifa plana y cómo nos puede repercutir, comencemos por el principio: ¿qué es la cuota de autónomos?

En resumen, la cuota de autónomos es una de las obligaciones que conlleva el darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el RETA. Dicho de otro modo, todo autónomo en España está obligado a pagar una cuota mensual para poder ejercer como trabajador por cuenta propia.

Seguramente, habrás escuchado a más de un hater decir eso de qué es eso de pagar por trabajar, que vaya faena, que ya nos roban suficiente dinero como para pagar por esto también. Bueno, ya tú sabes, los haters gonna hate. Porque al darnos de alta de autónomos no estamos pagando por trabajar, sino por ciertos beneficios sociales. En concreto, por cobertura en cinco problemáticas a las que nos podemos enfrentar como trabajadores por cuenta propia:

  • Enfermedad común 
  • Enfermedad o accidente laboral 
  • Cese de actividad 
  • Jubilación 
  • Financiación de nuestra formación

 

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Cuantía de la cuota de autónomos en 2023

Aquí sí ya empiezan los cambios. Porque si antes lo que cada autónomo pagaba de cuota dependía de la base de cotización que cada uno tuviese —y la mayoría de los que todavía no pensábamos en la jubilación lo hacíamos por la base mínima; es decir, que la cuota nos salía en unos 300 euros—; desde el 1 de enero de 2023, las cuotas de autónomos se establecen en base a los ingresos reales.

Dicho de otra forma: hasta ahora, cada uno, independientemente de lo que ganase o dejase de ganar, podía cotizar por lo mínimo o por lo máximo. Pero ese extraño método ha desaparecido como lágrimas en la lluvia, que diría el replicante.

Ahora, las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social se establecen en base a los rendimientos netos (ingresos - gastos) del autónomo. El trabajador por cuenta propia podrá comunicar cada dos meses su estimación de rendimientos al organismo público, y este cobrará la cuota en base a dicha estimación. A final del ejercicio fiscal, los organismos y el autónomo arreglarán las cuentas para saber si este ha pagado de menos o demás.

Según la Seguridad Social, esta será la relación entre rendimiento neto y cuotas de autónomo para este ejercicio y los dos siguientes. Una tabla en la que, también, hemos querido incluir el ahorro mensual que estas cuotas suponen frente a la cotización mínima existente hasta 2022.

Rendimiento neto

2023

2024

2025

Cuota

Ahorro

mensual 

Cuota

Ahorro

mensual 

Cuota

Ahorro mensual 

Hasta 670 €

230 € 

-64 € 

225 €

-69 € 

200 € 

-94 € 

De 670 € hasta 900 €

265 €

-34 €

250 €

-44 €

220 € 

-74 €

De 900 € hasta 1166,70 €

275 € 

-19 €

267 € 

-27 €

260 €

-34 €

De 1166,7 € hasta 1300 € 

291 € 

-3 € 

291 € 

-3 € 

291 € 

-3 € 

De 1300 € hasta 1500 €

294 € 

0 €

294 €

0 € 

294 € 

0 € 

De 1500 € hasta 1700 €

294 €

0 €

294 €

0 €

294 € 

0 €

De 1700 € hasta 1850 €

310 € 

16 €

320 € 

26 € 

350 € 

56 € 

De 1850 € hasta 2030 €

315 €

21 €

325 €

31 €

370 €

76 €

De 2030 € hasta 2330 €

320 €

26 €

330 €

36 €

390 €

96 €

De 2330 € hasta 2760 €

330 €

36 €

340 €

46 €

415 €

121 €

De 2760 € hasta 3190 €

350 €

56 €

360 €

66 €

440 €

146 €

De 3190 € hasta 3620 €

370 €

76 €

380 €

86 €

465 €

171 €

De 3620 € hasta 4050 €

390 €

102 €

400 €

106 €

490 €

196 €

De 4050 € hasta 6000 €

420 €

126 €

445 €

151 €

530 €

236 €

Más de 6000 €

500 €

122 €

530 €

236 €

590 €

296 €

 

¿Qué es la tarifa plana de autónomos?

Pero, claro, por mucho que ahora las cuotas vayan vinculadas a los rendimientos netos, lo mínimo que un autónomo puede pagar en este 2023 son 230 euros. Y eso, para uno que se acabe de iniciar en esto del trabajo por cuenta propia, es obvio que es demasiado. Por ello, algunos decidirían trabajar en negro y sin pagar dicha cuota 😈, y otros muchos se echarían para atrás y seguirían buscando un trabajo por cuenta ajena… de no existir las cuotas reducidas o tarifas planas para nuevos autónomos.

La tarifa plana para nuevos autónomos o cuota reducida es una rebaja de la cuota mensual a la Seguridad Social durante un tiempo determinado, que dependerá del caso por el que cada uno se acoja a la tarifa plana y de los rendimientos del trabajo.

Aunque esta medida de las tarifas planas lleva vigente desde 2013, la reforma para cotizar por rendimientos netos también ha traído modificaciones en el terreno de la cuota reducida. Repasémoslas.

Requisitos de la tarifa plana para nuevos autónomos

Como normal general, los requisitos para que un trabajador por cuenta propia pueda acceder a la tarifa plana general son tres, y con cumplir uno de ellos ya es suficiente para acceder a la ayuda:

  • Darse de alta por primera vez como autónomo: Cero complicaciones. Si nunca has sido autónomo en tu vida, tendrás acceso a la tarifa plana general. Da igual que hayas sido el empleado del siglo en Inditex, mano derecha de Amancio Ortega, te hayas forrado por planear la expansión de Zara en Sudán del Sur y tengas la mejor mansión de Oleiros. Si decides hacerte autónomo, tarifa plana pa’ ti.
  • No haber estado de alta como autónomo en los 3 últimos años: Tampoco hay mucha dificultad para entender este punto, ¿no? Tres años, 36 meses, 1095 días (o 1096 en caso de que haya sido bisiesto).
  • No haber estado de alta como autónomo en los 2 últimos, siempre y cuando no se haya disfrutado de la bonificación nunca: Pues eso. Puedes acceder a la tarifa plana si no has sido autónomo durante los últimos dos años y, cuando lo fuiste en una época anterior, no te beneficiaste de la tarifa plana.

Además, cabe destacar que no podrás acceder a la tarifa plana si eres autónomo colaborador, el régimen especial para familiares contratados por un trabajador por cuenta propia.

Cuantía de la tarifa plana para nuevos autónomos

Todo lo que te hemos explicado está muy bien, dirás, muchas gracias y todo eso. Pero tú, parafraseando a Paco Umbral en aquel vídeo tan noventero, has venido aquí a hablar de tu libro tarifa plana. Y, por encima de todo, a responder una pregunta: ¿Cuánto pagarás de cuota con la tarifa plana para autónomos de 2023?

Pues bien, vamos a ello. Aquí vamos a repasar, caso por caso, cuál es la cuantía y extensión de la tarifa plana para autónomos:

Cuantía y extensión de la tarifa plana para nuevos autónomos en 2023

Sobre la cuantía de la cuota reducida para nuevos autónomos no hay vuelta de hoja: la tarifa plana será de 80 euros al mes (salvo para el caso particular de personas con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo)

Ahora bien, lo que sí dependerá de cada caso será la extensión de esta rebaja:

Extensión de la tarifa plana para nuevos autónomos en el caso general

Para cualquier nuevo autónomo que cumpla con las condiciones que expusimos anteriormente, la tarifa plana o cuota reducida abarcará los primeros doce meses de actividad.

Luego, esta se podrá alargar un segundo año, otros doce meses, si los ingresos del autónomo no superan el SMI (salario mínimo interprofesional).

Otro caso especial es el de la tarifa plana de autónomos para personas con discapacidad, las víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.

Sus cuantías y extensión son las siguientes:

  • 80 euros durante los primeros 24 meses (o una bonificación del 80% para los que coticen por bases superiores a la mínima).
  • Y, luego, 160 euros hasta completar los tres años desde la fecha de alta.

Extensión y cuantía de la tarifa plana para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo

Otro caso especial es el de la tarifa plana para personas con discapacidad de más del 33%, las víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.

La extensión de la cuota reducida para este grupo de autónomos será de 24 meses fijos, así como de otros 36 meses extra con una cuota de 180 euros en caso de que los rendimientos netos no superen el SMI.

La tarifa plana para autónomos societarios

Un autónomo societario es todo trabajador por cuenta propia que ha formado una empresa o sociedad mercantil. Existen ciertas cláusulas que obligan al miembro de una sociedad mercantil a darse de alta como autónomo societario. Son las siguientes:

  • Tener un mínimo del 25% de las participaciones de la sociedad, y realizar labores de dirección o gerencia dentro de ella
  • Tener al menos el 33% del capital de la empresa y trabajar en ella
  • No contar con participaciones en la sociedad, pero convivir con uno de los miembros de la sociedad que controle, al menos, un 50% del capital


Desde una reforma llevada a cabo en 2020, los autónomos societarios también pueden acogerse a la tarifa plana de autónomos.

Reclamación de la tarifa plana para autónomos societarios con efectos retroactivos

Este es un punto importante para todo aquel autónomo societario que no haya disfrutado de la tarifa plana en su momento y sí tuviera las condiciones necesarias para ello: se puede reclamar con carácter retroactivo.

Es decir, los autónomos societarios pueden reclamar su tarifa plana de autónomos. Para ello, solo deben cumplir tres requisitos, que son los siguientes:

  • Haberse dado de alta como autónomo societario en los últimos cuatro años.
  • Cumplir con los requisitos que repasamos en el punto previo sobre los autónomos societarios.
  • Y presentar un escrito ante la Seguridad Social reclamando la devolución con carácter retroactivo del dinero correspondiente a la rebaja de la tarifa plana.


El plazo para que la Tesorería General de la Seguridad Social responda a dicha solicitud puede llegar a los seis meses
. Además, en caso de que sea denegada, el afectado siempre puede presentar un recurso de alzada, provocando que el proceso se alargue, todavía más.

Cabe añadir que en caso de ser autónoma menor de 35 años, autónomo menor de 30, o pertenecer a los colectivos protegidos por la tarifa plana —ya se sabe: nuevos autónomos de municipios de menos de 5000 habitantes, víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, o personas que tengan una discapacidad— la devolución será mayor.

Cómo darse de alta como autónomo con tarifa plana

Si cumples con las condiciones que hemos visto en este artículo y quieres darte de alta como autónomo porque la tarifa plana te ha seducido, te queda lo más sencillo: oficializar tu alta.

Para ello, más allá de seguir todo el proceso habitual a la hora de darse de alta como autónomo, recuerda que tienes que notificar a la Seguridad Social que quieres acceder a la tarifa plana, y en qué calidad quieres hacerlo. Si no lo haces, perderás la posibilidad de reclamarla, y eso son meses y meses de una rebaja sustancial en tu cuota de autónomos.

¿Qué es la cuota cero para autónomos?

Y ya antes de finalizar, como guinda al pastel, vamos con la última novedad y la mejor noticia que nos ha traído el 2023 en lo que a las cotizaciones de autónomos respecta: la cuota cero para autónomos

La cuota cero es una medida introducida por los gobiernos de Madrid, Andalucía, Murcia y La Rioja —así como el de Baleares, aunque con diferentes condiciones—, por las que los nuevos autónomos obtienen una bonificación del 100% en su cotización durante el tiempo que puedan beneficiarse de la cuota reducida de 80 euros (en el caso de La Rioja solo será durante el primer año).

Para acceder a esta cuota cero —además de con la de ser menor de 35 años o mujer emprendedora en las Islas Baleares— habrá que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar libre de deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
  • No ser autónomo colaborador, o estar en situación de pluriactividad.
  • Durante los dos últimos años, no haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Y, cosa obvia esta, presentar toda la documentación que pida en los formularios la administración autonómica que corresponda.

La solución Xolo (o la Xolución 😉)

Y para acabar, un bricoconsejo: si quieres asegurarte de iniciar con buen pie tu travesía en los procelosos mares de los trabajadores por cuenta propia agarrándote a la tarifa plana para autónomos, no hay nada como contar con un buen buque. Y ese barco somos nosotros Xolo, los mejores amigos de los freelance.

Si te das de alta con nosotros gestionaremos tu alta como trabajador por cuenta propia, nos aseguraremos de que recibas tu tarifa plana para autónomo (siempre y cuando cumplas las condiciones, claro, que somos buenos, incluso muy buenos; pero no hacemos milagros), y te libraremos de todo el papeleo del autónomo: IVA, IRPF, etc.

Estamos esperando tu señal para arriar las velas 😉.

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